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Please use this identifier to cite or link to this item: https://saber.ucv.ve/handle/10872/17414

Title: Diferencias entre universidades privadas y oficiales venezolanas: Algunos ajustes necesarios en el sector privado
Other Titles: Differences Between Private and Governmental Venezuelan Universities: Necessary Adjustments in the Private Sector
Authors: Fuenmayor Toro, Luis
Keywords: Tipos de Universidades
Universidades Oficiales
Universidades Privadas
Educación Superior
Indicadores de Desempeño Universitario
Tiempo de Dedicación
Types of Universities
Oficial Universities
Private Universities
Higher Education
Higher Education Indicators
Issue Date: Apr-2003
Publisher: Universidad del Zulia
Citation: Fuenmayor Toro, Luis. Diferencias entre universidades privadas y oficiales venezolanas: Algunos ajustes necesarios en el sector privado. Revista Venezolana de Gerencia, Año 8, Nº 22, 245-269, abril-junio 2003
Abstract: Este trabajo efectúa una caracterización preliminar de la universidad privada venezolana, a medio siglo de sus inicios. Se determinan algunas de sus fallas principales y propone correctivos factibles aprovechando las leyes de educación próximas a ser aprobadas. Los datos demuestran que las universidades privadas, a diferencia de las oficiales, tiene una planta docente mayoritariamente a tiempo convencional, ubicada principalmente en los más bajos escalafones académicos, con estudios de postgrado en una proporción menor que las universidades oficiales y prácticamente sin investigadores. La relación alumno/profesor es el doble de la del sector oficial y los postgrados universitarios que ofrecen son la quinta parte del total y sólo están acreditados el 10%, en contraposición con el 29% acreditado de las instituciones públicas. De estas comparaciones se extrae que la universidad privada está muy limitada para la realización de investigación y para el desarrollo de los postgrados que forman investigadores: maestrías y doctorados. Tiene además limitaciones subsanables en el pregrado, por no disponer de docentes contratados a altas dedicaciones, que dispongan de tiempo dentro de su dedicación para las consultas estudiantiles. Esto se puede resolver a través de un mandato legal que determine que un 33% de los docentes, sin contar autoridades y directivos, deban estar a dedicación exclusiva y repartidos homogéneamente entre todos los programas docentes institucionales. Estos docentes, también por mandato legal, dispondrían de un 30% de su tiempo para hacer investigación en unidades de universidades y otros centros oficiales, a las que serían adscritos formalmente. Ello mejoraría la academia de las instituciones privadas sin costos que hagan imposible estos importantes cambios.
URI: http://hdl.handle.net/10872/17414
ISSN: 1315-9984
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