Reforma de la Ley de Administración Central
Resumen
Entre las atribuciones que le otorgó el Congreso de la República al Presidente Hugo Chávez en la Ley Habilitante se encontraba la reforma de la Ley de Administración Central. Ella fue decretada, modificando la estructura y atribuciones de una serie de organismos, entre ellos la creación del Ministerio de Infraestructura (fusionando en él al MINDUR y al MTC, además de algunas atribuciones del área que estaban en otros entes), del Ministerio de Ciencia y Tecnología, y de algunas fusiones controversiales como la del Ministerio de Industria y Comercio con el de Agricultura y Cría, la de Sanidad con Familia, la ampliación del ámbito de actuación del Ministerio de Educación, ahora también de Cultura y Deporte, y otras reorganizaciones con mayor consenso, como la fusión de la cartera de Relaciones Exteriores con Justicia, y la reestructuración del Ministerio de Energía y Minas, junto a otras iniciativas.Haber procedido a estas reformas cuando se estaba en las etapas finales del trabajo de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) para la redacción de una nueva Constitución a someterse a referéndum, no nos ha parecido muy lógico, pues lo procedente hubiera sido alinear estas reformas a las orientaciones de la nueva Carta Magna, que de ser aprobada podría modificar ciertos parámetros del funcionamiento del poder ejecutivo, como de hecho parece que así será. Pero aun considerando la hegemonía de las fuerzas políticas que apoyan al Presidente en la ANC, el resultado ha sido una reforma tímida y en ciertos aspectos hasta incoherente y poco clara frente a un propósito de una reorganización del Estado, como la que se nos ha prometido.
En un área cercana a nuestras preocupaciones se ha perdido una gran oportunidad para una reorganización más profunda. La creación del Ministerio de Infraestructura no abordó el asunto de dotar al país de un despacho que atendiera los problemas del desarrollo territorial de manera integral, lo que suponía no dejar fuera de la reestructuración al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables, sin resumirse a ciertas reubicaciones de algunas de sus funciones. Además de ello, no parece que se parta de un diseño claro del área de desarrollo urbano y vivienda, donde hasta nuevo aviso siguen persistiendo organismos que solapan y duplican sus funciones, sin clarificar el rol que se le asigna a las instituciones estadales y municipales que en esta área han surgido y se han desarrollado en los últimos años al calor del proceso de descentralización.
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