LA NATURALEZA ÉTICO JURÍDICA DE LA OBLIGACIÓN EN ODONTOLOGÍA ESTÉTICA O COSMÉTICA DENTAL EN LA LEGISLACIÓN VENEZOLANA
Keywords:
Obligación, responsabilidad, ético, jurídica, odontología, daño, estética, dental, legislaciónAbstract
La sonrisa viene a ser una de las expresiones faciales más importantes que diferencia al ser humano del resto de los animales, debido a que es utilizada como parte del lenguaje, expresando alegría, felicidad o placer. La odontología estética es una especialidad odontológica que viene a restablecer la armonía estética del aparato estomatognático en su totalidad, para mejorarla o embellecerla como una parte del cuerpo humano. El propósito de la investigación fue analizar la naturaleza ético jurídica en la legislación venezolana de la obligación en odontología estética a través de la vía judicial procesal o de las instituciones gremiales como los colegios de odontólogos, cuando esta no ejerza con su lex artis ad hoc dentro de los preceptos deontológicos que se le imponen. Conclusión. La obligación del odontólogo ante tratamientos dentales estéticos es una obligación de resultado, es decir, está obligado a conseguir el resultado exigido por el paciente y el ofrecido por él, al ejecutar su actividad profesional de conformidad con la lex artis ad hoc, pero independientemente de que la misma tenga un carácter voluntario, hay que analizar que en las obligaciones de resultado es fundamental y determinante tomar en cuenta el elemento aleatorio consistente en la imprevisibilidad de la reacción propia de la naturaleza del cuerpo humano, por lo que en odontología estética se tendrá que demostrar que empleo la técnica conforme a la lex artis ad hoc, ya que la prueba de la ausencia de ésta, sería determinante para imputar la responsabilidad.