Aspectos fundamentales del delito de instigación al incumplimiento de las obligaciones tributarias
Palabras clave:
Instigación, orden público financiero, publicidad, incumplimiento, sobreprotección, libertad de expresiónResumen
El Código Orgánico Tributario (COT) de 2014 introdujo el delito de instigación al incumplimiento de obligaciones tributarias (Art. 123), ratificando la transformación de la relación jurídica tributaria en una relación de poder. Este tipo penal funciona como un acto preparatorio punible autónomamente, sancionando a quien incite públicamente o realice maniobras concertadas para promover la negativa colectiva al cumplimiento de las obligaciones tributarias. Su bien jurídico protegido no es la recaudación fiscal, sino el orden público financiero y la paz social. Es un delito estrictamente doloso, que requiere de la publicidad como condición objetiva de punibilidad; por lo tanto, los llamados en ámbitos privados o académicos no constituyen delito. El autor critica esta nueva incorporación delictiva por considerarla una “sobreprotección” innecesaria, pues el Código Penal ya contemplaba la instigación genérica, la cual era suficiente para resguardar también al orden público financiero. Se destaca que las opiniones técnicas profesionales y la crítica legítima a las leyes fiscales están protegidas, impidiendo que el tipo penal vulnere la libertad de expresión.
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
Derechos de autor 2026 Anuario de la Especialización en Derecho Tributario de la Universidad Central de Venezuela

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0.
