Discurso pronunciado por el Dr. Huniades Urbina Medina el día del pediatra. 23 de enero de 2010
Palabras clave:
Salud Infantil, Pediatría, Defensa del Niño, VenezuelaResumen
Estas pudieran ser noticias de la prensa de hoy, sin embargo son titulares publicados por diferentes medios impresos en los años 58, 60, 71, 78 respectivamente. ¿Se diferencian en algo a algún titular de hoy? Tal vez, en la profundización de los males expresados en ellos. “La Pediatría, rama de las ciencias medicas que hemos abrazado voluntariamente no debe perder nunca su norte social y humano”, comienzo así citando al doctor Hernán Méndez Castellano, autor de los titulares ya leídos, quien a través de su fructífera existencia nos fue dejando un legado de verdades que aun años después retumban en nuestras mentes y conciencias y son tan grandes como una catedral ante la aplastante realidad actual. Es una verdad irrefutable que el otorgamiento al niño de la condición de sujeto de derecho, constituye la más notable y trascendental conquista en la búsqueda del objetivo de su protección. Derechos que en el presente están insertos en las Constituciones y leyes especiales que sobre la materia han aprobado los diversos países; derechos, cuya responsabilidad y cumplimiento, corresponde principalmente al Estado, a los padres y a la sociedad en general. En 1959; la Asamblea General de la Naciones Unidas en Nueva York, proclamó la Declaración de los Derechos del Niño, los cuales, desde entonces, constituyen el fundamento doctrinario de las políticas sociales y de las legislaciones a favor del niño en casi todos los países. En Venezuela, la Primera Tabla de los Derechos del Niño se aprobó en la Primera Convención Nacional del Magisterio que presidió el Dr. Luís Beltrán Prieto Figueroa. En casi todos los países, en particular los subdesarrollados, o como yo los llamo, los de desarrollo detenido, existe una enorme brecha entre los enunciados proclamados y la realidad social, con millares de niños víctimas de la pobreza, del hambre, de las enfermedades, de la ignorancia, del abandono, del maltrato y de la explotación. Al estudiar la Convención de los Derechos del Niño, vemos como los estados signatarios de la Convención de Ginebra se comprometen a adoptar las medidas administrativas, legislativas y de otra índole apropiadas para dar efectividad a los derechos reconocidos por dicha convención.