Trabajadores con elevado de poder negociación en los contratos internacionales

Autores/as

  • Andrés Carrasquero Stolk

Palabras clave:

Contrato de trabajo, Trabajador internacional, Trabajador con elevado poder de negociación, Autonomía de las partes

Resumen

La libertad de las partes de un contrato internacional para elegir tanto los tribunales que tienen jurisdicción así como el Derecho aplicable es una solución generalmente aceptada. En el contexto de los contratos de trabajo internacionales normalmente los ordenamientos jurídicos restringen la autonomía de las partes con el objetivo de proteger al trabajador como débil jurídico. Esta restricción puede ser de dos maneras: las partes no pueden elegir los tribunales y/o el Derecho aplicable o lo pueden hacer, pero con límites. En este artículo planteo que la autonomía de las partes no debería restringirse en el caso de contratos de trabajo internacionales con trabajadores con elevado poder de negociación, ya que no están en una posición débil.

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