Revista Venezolana de Análisis de Coyuntura, 2023 Vol. XXIX, No. 2 (jul - dic), pp.111-144
ISSN 1315-3617 E-ISSN 2665-010X
https://doi.org/10.54642/RVAC
Este artículo y sus anexos se distribuyen por la revista venezolana de Análisis de
Coyuntura, bajo los términos de la Licencia CreativeCommons Atribución-
NoComercial-CompartirIgual
POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE VIVIENDA. UNA MIRADA
RETROSPECTIVA A LA GRAN MISIÓN VIVIENDA VENEZUELA
(2011-2023) (PRIMERA PARTE)
HOUSING POLICIES AND PROGRAMMES. A RETROSPECTIVE
APPROACH TO THE GREAT MISSION HOUSING VENEZUELA
(2011-2023) (PART ONE)
XAVIER VALENTE
UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA. CARACAS. VENEZUELA
https://orcid.org/0000-0002-9616-5920
Fecha de recepción: 16/02/2023 Fecha de aceptación 15/08/ 2023
https://doi.org10.54642/RVAC.2023.2.1.4
Sociólogo (UCV). Magister Scientiarum en Planificación del Desarrollo, Mención Política Social (UCV).
Especialista en Gobierno y Política Pública (UCV). Diploma de Estudios Avanzados en Análisis Demográfico
para el Desarrollo (UCAB). Profesor-Investigador del Departamento de Análisis Económico, Político y de la
Planificación de la Escuela de Sociología de la Universidad Central de Venezuela. Correo electrónico:
xaviervalente@gmail.com.
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Resumen
Este artículo, que se publica en dos partes, tiene como propósito describir las principales
características del proceso de diseño e implementación de la Gran Misión Vivienda Venezuela
(GMVV) como uno de los programas sociales de mayor relevancia de los últimos años en materia
de vivienda y hábitat en el país. En casi un siglo desde el inicio de la intervención estatal en el
sector, este programa se ha planteado las más ambiciosas metas de construcción y ha contado con
el mayor volumen de recursos financieros asignados a una acción gubernamental de esta
naturaleza. A través de un análisis retrospectivo, en esta primera parte, se reconstruye el contexto
en el que surge la GMVV y el marco legal, programático e institucional que la sustenta. En una
segunda parte se abordan directamente algunos de los resultados más relevantes del programa
tras 12 años de ejecución, así como las oportunidades y riesgos que representa para la garantía del
derecho a la vivienda adecuada en la Venezuela actual.
Palabras clave: política social, programas sociales, vivienda adecuada, vivienda y hábitat, Gran
Misión Vivienda Venezuela, Venezuela.
Abstract
This article, which is published in two parts, aims to describe the main characteristics of the design
and implementation process of the Great Mission Housing Venezuela (GMHV) as one of the most
relevant social programs in recent years in the country, in terms of housing and habitat. In almost
a century since the beginning of state intervention in the sector, this program has set the most
ambitious construction goals and has had the largest volume of financial resources allocated to
this kind of government action. Through a retrospective analysis, in this first part, the context in
which the GMHV emerges and the legal, programmatic, and institutional framework that sustains
it are reconstructed. A second part directly addresses some of the most relevant results of the
program after 12 years of execution, as well as the opportunities and risks it represents for the
guarantee of the right to adequate housing in Venezuela today.
Keywords: social policy, social programs, adequate housing, housing and habitat, Great Mission
Housing Venezuela, Venezuela.
JEL: P25, R21, R31
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INTRODUCCIÓN
La vivienda adecuada es un derecho humano, tal como lo establece la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) (RBV, 1999: art. 82) en los términos
siguientes:
Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica,
con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones
familiares, vecinales y comunitarias. La satisfacción progresiva de este derecho es
obligación compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus
ámbitos.
No obstante, un ordenamiento jurídico favorable a la realización de los derechos
humanos (DDHH) y en específico, del derecho a la vivienda adecuada, no garantiza por
mismo que las obligaciones asumidas por el Estado sean cumplidas desde la
institucionalidad pública (Valente, 2020). De allí la importancia de analizar el diseño e
implementación de programas sociales orientados a coadyuvar en el cumplimiento de
las obligaciones estatales en materia de DDHH (Valente y Giménez, 2018).
En 95 años de historia (desde la fundación del Banco Obrero en 1928), han sido
diversas las políticas y programas que ha implementado el Estado venezolano con la
finalidad de cumplir con sus obligaciones en materia de vivienda. El camino ha sido
largo, escabroso, con obstáculos de distinta naturaleza, registrando importantes avances
y logros, pero también infortunados desaciertos y errores. Se ha transcurrido desde un
extremo al otro, de políticas de erradicación de barrios urbanos y la construcción de
viviendas completas, propias de la dictadura militar, hasta la política de viviendas
promovidas desde el Estado mediante mecanismos de crédito hipotecario, pasando por
experiencias de desarrollo de viviendas progresivas (Valente, 2019).
A pesar de los esfuerzos, la producción de viviendas en el mercado formal (sector
público y privado) fue insuficiente para cubrir la demanda. En el caso de los grupos
poblacionales de menores ingresos, muchos de ellos migrantes provenientes de las
zonas rurales del interior del país, quienes estaban excluidos de los mecanismos de
ahorro y crédito, se decantaron por su única opción: el autoconstrucción en zonas
periféricas de las principales ciudades del país. En consecuencia, se fueron conformando
asentamientos informales o barrios urbanos como espacios que, en la actualidad, se
estima, concentran a más de la mitad de la población. Cabe destacar que el primer
reconocimiento de la existencia de estos asentamientos (en tanto parte integrante de la
ciudad), y de sus habitantes, solo fue posible tras la promulgación de la Ley Orgánica de
Ordenación Urbanística (RV, 1987).
En el siglo XXI, los resultados concretos de los programas sociales implementados
por el gobierno de Hugo Chávez en el periodo 1999-2010 no lograron disminuir el déficit
habitacional. Se observa que “la demanda de viviendas adecuadas por parte de la
población ha superado permanentemente la capacidad [del Estado] para ofrecer
soluciones en términos cantidad y calidad, manteniéndose unas condiciones de hábitat
Políticas y programas de vivienda. una mirada retrospectiva a la gran misión…
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deficientes…” (Provea, 2005). Reafirmando esa situación, Lovera (2013a: 6) sostiene que
“la producción de viviendas estaba para el 2010 por debajo de la tasa de viviendas por
100.000 habitantes de las décadas anteriores sin cubrir ni siquiera la demanda de nuevos
hogares”, la cual se refiere a aquellas viviendas que se requieren para satisfacer la
demanda asociada al crecimiento demográfico.
Entre las principales problemáticas del sector vivienda en Venezuela en el lapso 1999-
2010, pueden señalarse las siguientes:
1. Indefinición en la política del sector (Lovera, 2011: 6);
2. Poca continuidad de lineamientos estratégicos y programas (algunos inician y
luego son suspendidos o paralizados sin explicación) (Uzcátegui, 2008: 20);
3. Volatilidad e inestabilidad del diseño institucional, i.e., dispersión y
desarticulación como consecuencia de varios rediseños en los organismos del sector
(creación, fusión, supresión, liquidación y reestructuración) (Uzcátegui, 2008: 20;
Transparencia Venezuela, 2013: 5);
4. Constantes cambios de autoridades (ministros y otros puestos directivos clave)
(Sesto, 2016: 156; Uzcátegui, 2008: 20; Transparencia Venezuela, 2013: 5);
5. Tensión entre visiones que entran en conflicto: la rehabilitación de barriadas
populares vs. la construcción de viviendas completas; y centralismo vs.
descentralización (Lovera, 2011: 6, 9; Camacho, 2013: 5);
6. Ausencia de un liderazgo institucional (Lovera, 2011: 6);
7. Baja ejecución en las obras programadas (Genatios y Lafuente, 2004);
8. Incumplimiento de las metas establecidas (Transparencia Venezuela, 2013: 6);
9. Desconfianza y menosprecio del gobierno a la contribución del sector privado
(empresas privadas de la construcción) (Lovera, 2011: 6).
A manera de diagnóstico (no exhaustivo), puede señalarse que este conjunto de
aspectos dificultó el desarrollo de una estrategia de política plural, coherente y a largo
plazo que coadyuvara en la solución los déficits del sector, y s importante aún, que
garantice la realización progresiva del derecho a la vivienda adecuada en Venezuela.
Las nueve problemáticas esbozadas líneas arriba abarcan distintas aristas (actores e
instituciones involucradas, enfoques de política, aspectos operativos, entre otros) de un
tema muy complejo, y constituyen tanto causas explicativas, como efectos o
consecuencias lógica de la inestabilidad, la cual actúa como hilo conductor y principal
característica de las políticas y programas de este periodo (Transparencia Venezuela,
2013: 5).
En 2011, ante la emergencia ocasionada por las lluvias, una vez más quedaron en
evidencia los escasos resultados obtenidos en materia de vivienda. Incluso el entonces
presidente Chávez reconoce públicamente que su gobierno no había podido avanzar lo
suficiente en la solución del problema de la vivienda en Venezuela. En este contexto, su
propuesta fue asumir a título personal el reto de formular e implementar una estrategia
para solventar el déficit habitacional, llegando incluso a exponerlo públicamente, como
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ocurrió en el marco de un conversatorio con los Comités Populares de Vivienda
celebrado en el Salón Ayacucho del Palacio de Miraflores, en el que declaró lo siguiente:
"nosotros, esto es una autocrítica, en estos diez, once os transcurridos hemos hecho
algunos avances en materia de vivienda, pero muy pocos, y la deuda acumulada de 100
años es gigantesca" (El Universal, 22/12/10).
De esa forma nace la Gran Misión Vivienda Venezuela (GMVV), “el programa de mayor
inversión e impacto directo sobre las ciudades” (Camacho, 2013: 4) que se haya
ejecutado hasta ahora en el país, con el objetivo de construir, inicialmente dos millones
de viviendas, y luego, alcanzar los cinco millones en 2025, según lo establecido en el Plan
de la Patria 2025, también denominado Proyecto Nacional Simón Bolívar, Tercer Plan
Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2019-2025 (RBV, 2019a).
De acuerdo con datos oficiales, la GMVV alcanzó en abril de 2023, la cifra de 4.500.000
viviendas construidas y entregadas. Esto corrobora que la GMVV es uno de los
programas sociales más importantes de los últimos años, tanto por la magnitud de las
metas planteadas como por los recursos económicos utilizados en su ejecución
(Transparencia Venezuela, 2013). Este nuevo hito constituye una oportunidad para la
reflexión y análisis sobre el proceso de formación de la GMVV como programa social y
algunos de los resultados hasta ahora alcanzados en su cometido por garantizar el
derecho a la vivienda adecuada a la población venezolana, luego de 12 años en
ejecución.
En la actualidad, la GMVV se mantiene como un componente fundamental de la
política de vivienda, al punto de ser considerada por altos funcionarios y simpatizantes
como parte del “legado” del fallecido presidente Chávez, tal como reseñan los
principales medios oficiales. Por ejemplo, una nota de prensa de la Fundación Misión
Hábitat (2014) afirma que la GMVV ...hoy en a constituye uno de sus legados más
importantes y trascendentales y que mayor suma de felicidad le ha brindado al pueblo
venezolano”.
En este contexto, el propósito de este ensayo de dos partes es describir el proceso de
diseño e implementación de la GMVV como programa social en materia de vivienda y
hábitat, a través de un análisis retrospectivo. Para ello, este primer documento se divide
en cuatro partes, incluida esta introducción. Se comienza con un apartado titulado
Creación, objetivos y metas de la GMVV, en la que se abordan unas breves consideraciones
sobre los antecedentes y el contexto que dio paso a la formación de este programa social,
así como sus principales características. Seguidamente, en la sección Marco legal y
organizacional de la GMVV, se reseñan los instrumentos jurídicos que sustentan el
programa y las instituciones que participan en su implementación. Y se finaliza con las
Referencias bibliográficas.
En una segunda parte, a ser publicada en el próximo número de esta revista, se
abordarán otros temas relevantes a lo largo de seis secciones adicionales. Se iniciará con
una aproximación a la Población objetivo de la GMVV, en el que se aporta una
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aproximación al complejo e incierto proceso de asignación de las viviendas. Luego, en
el inciso denominado Componentes de la GMVV: vértices, se describen los seis ejes de
acción del programa, a saber, pueblo organizado, terrenos, insumos de construcción,
ejecutores, financiamiento y equipamiento. Posteriormente, se dedica un espacio, por un
lado, a la presentación de forma sucinta de los Principales resultados cuantitativos de la
GMVV desde su inicio en 2011 a la fecha, de acuerdo con la información oficial
disponible y, por el otro, una reflexión sobre algunos aspectos necesarios para avanzar
Hacia el derecho a la ciudad, a la luz de los efectos de este programa social. Finalmente, se
cierra con unas Consideraciones finales generales y las Referencias bibliográficas.
CREACIÓN, OBJETIVOS Y METAS DE LA GMVV
ANTECEDENTES
Desde el año 2010, a los tradicionales problemas estructurales (falta de suelo
urbanizable, escasas fuentes de financiamiento y debilidades institucionales) se
añadieron circunstancias coyunturales que incrementaron la demanda de nuevas
viviendas. Tal es el caso de los fenómenos hidro-meteorológicos registrados en el país
durante el mes de diciembre de 2010 y que según datos del Programa Venezolano de
Educación-Acción en DDHH (Provea) (2011: 227) dejaron un saldo de 113.500 personas
damnificadas (posteriormente distribuidos en 763 refugios a nivel nacional) y cuantiosas
pérdidas materiales.
En 2011, el entonces presidente Hugo Chávez propone priorizar el problema
habitacional de la población damnificada y retoma con más fuerza el tema de la
vivienda, llegando a asumir el problema como “personal”, afirmando que "es un
problema de Chávez, [y] me lo echo encima, sobre los hombros…" (El Universal,
01/06/10). De hecho, en la alocución de su Mensaje Anual 2010, presentado ante la
Asamblea Nacional (AN) pocas semanas antes del inicio de la GMVV, señaló lo
siguiente: “se me reclama el tema de la vivienda, (…) lo acepto, a estas alturas nosotros
nos hemos quedado muy, muy cortos, en relación con la gran demanda; y más que
demanda, el gran problema histórico de la vivienda en Venezuela” (AN, 2011: 48),
reconociendo algunas debilidades institucionales persistentes en poco más de una
década de gestión gubernamental.
Entre las acciones desplegadas desde entonces, destacan: primeramente, los Decretos
de Estado de Emergencia (por 90 días y prorrogados en cuatro ocasiones) en las entidades
federales más afectadas por las lluvias, a saber: Falcón, Miranda, Vargas desde 2019,
La Guaira, Distrito Capital (RBV, 2010a), Zulia, Mérida, Trujillo y Nueva Esparta (RBV,
2010e) y la reafirmación del compromiso de resolver el problema habitacional a todas
las familias venezolanas y, en especial, a aquellas que perdieron sus casas producto de
inundaciones, deslaves, etc., o que se encontraban residenciadas en zonas de alto riesgo
o vulnerabilidad.
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En segundo lugar, la aprobación en diciembre de 2010 por parte de la AN de la Ley
que autoriza al presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley
(RBV, 2010b), es decir, la cuarta Ley Habilitante aprobada por el Poder Legislativo
Nacional al expresidente Chávez (en esa ocasión por un lapso de 18 meses) con el fin de
otorgarle poderes especiales para legislar en función de enfrentar la emergencia causada
por las lluvias. Entre los ámbitos que fueron delegados destacan: “atención
sistematizada y continua a las necesidades humanas vitales”; “infraestructura,
transporte y servicios públicos”; y “vivienda y hábitat”, aunque también incluía otros
aspectos que a juicio de Transparencia Venezuela (2014: 4) no se vinculaban
directamente con la emergencia ocasionada por las lluvias, y permitieron al expresidente
“…lograr objetivos políticos que (…) no pudo obtener por la vía electoral” con el
referéndum para la reforma constitucional de 2007, que incluía la modificación de 69
artículos (33 por iniciativa del presidente y 36 más propuestos por la AN) de la CRBV.
Y, en tercer lugar, desde el 30 de abril de 2011
1
, el inicio de la GMVV, un programa
cuyo propósito, en palabras de expresidente Chávez era “…solucionar el drama de la
vivienda, que sólo es posible en colectivo (…) [y] cubrir (…) el déficit habitacional actual,
situado en dos millones de unidades” (AVN, 13/02/2011). La GMVV fue presentada
como una iniciativa integral para el sector vivienda que permitiría dar respuesta a la
problemática mediante la incorporación de diversos actores, tales como, el sector
privado y las comunidades organizadas.
El anuncio de este nuevo programa social implicó el reconocimiento explícito por
parte del Gobierno Nacional de la importante magnitud del déficit (calculado en dos
millones de viviendas en 2011) y la definición de un horizonte temporal en
correspondencia con el desafío planteado. Como se detallará en las próximas secciones,
este plazo y las metas propuestas fueron aumentando progresivamente, en
correspondencia con los nuevos periodos presidenciales.
Adicionalmente, el contexto preelectoral (Lovera, 2013: 8) y su uso proselitista
2
(Provea, 2013: 4) también contribuyeron con el surgimiento y continuidad de la GMVV.
El anuncio de este programa pocos meses antes de un proceso comicial incorporó un
condicionante coyuntural en la definición de la GMVV, al convertirla en una de las
principales ofertas electorales en la campaña por la reelección del expresidente Chávez
en los comicios de octubre de 2012. Porque tal como lo constata Aponte (2016: 19-24) el
periodo 1999-2012 estuvo caracterizado, entre otros elementos, por “una administración
1
La GMVV fue anunciada el día 13 de febrero de 2011 en el programa “Aló, presidente” número 370, realizado
en la Ciudad Socialista Caribia, ubicada en el estado La Guaira. No obstante, el acto oficial de lanzamiento fue
el 30 de abril en la Sala Ríos Reyna del Complejo Cultural Teresa Carreño de Caracas.
2
Las sucesivas campañas electorales convirtieron la entrega de viviendas en el marco de la GMVV en una
actividad semanal (“jueves de vivienda”) que ha permitido al Ejecutivo mostrar resultados de gestión que
sirvieron de plataforma para candidatos del GPP en las elecciones presidenciales (2012; 2013 y 2018),
regionales (2012; 2017 y 2021), municipales (2013; 2017 y 2021), parlamentarias (2015 y 2020) y de la Asamblea
Nacional Constituyente (ANC) (2017).
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bajo constante presión electoral”, por lo que “…muchas de las misiones sociales, (…)
[registran] ciclos de lanzamiento y relanzamiento [que] han estado estrechamente
asociados con su papel electoral” (Aponte, 2016: 21).
En una publicación realizada a través de su cuenta en Twitter (@chavezcandanga), el
expresidente Chávez afirmaba que “sólo en socialismo es posible solucionar el drama
de la vivienda para todo el pueblo, ya que los factores de producción son de propiedad
social” (La Radio del Sur, 19/04/12). Y en referencia a los programas sociales señaló que
“las Misiones sólo son posibles en el Socialismo. En verdad son un gran invento del
socialismo del siglo XXI” (La Radio del Sur, 19/04/12).
Así pues, en varias oportunidades se enfatizó que la garantía de continuidad de las
Misiones Sociales dependía del proceso socialista” y, por tanto, de la reelección del
candidato oficialista, tal como se desprende de declaraciones de algunos dirigentes del
Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV). Por ejemplo, el entonces primer
vicepresidente de la AN, Aristóbulo Istúriz, señalaba que si la oposición llegaba al poder
iban “…a eliminar las misiones, porque éstas son financiadas por las gotas de petróleo
que antes no llegaban al pueblo” (El Impulso, 17/04/11). Igualmente, el entonces
vicepresidente ejecutivo de la República Elías Jaua expresaba que “Chávez es la única
garantía de la continuidad de beneficios para el pueblo”, en referencia a las Misiones
Sociales (Correo del Orinoco, 19/11/11). Incluso el mismo Chávez, como candidato a la
reelección, afirmaba que …el proceso socialista (…) es el único que puede solucionar
el problema generado por el déficit de viviendas en el país” (Correo del Orinoco, 19/04/11).
Así pues, el 7 de octubre de 2012, se llevaron a cabo las elecciones presidenciales, en
las que Hugo Chávez, con el apoyo de una coalición denominada Gran Polo Patriótico”
(GPP), resulganador con el 55,07% de los votos (CNE, 2012). Meses después, el 5 de
marzo de 2013, se produjo la ausencia o falta absoluta (RBV, 1999: art. 233) del entonces
presidente Chávez como consecuencia de su fallecimiento, razón por la cual se inició un
proceso de transición en el que, de manera interina, asumió la jefatura del Estado,
Nicolás Maduro (entonces vicepresidente ejecutivo de la República). Más tarde, en abril
de ese año sería el candidato oficialista y vencedor de las elecciones con el 50,61% de los
votos (CNE, 2013), para el periodo 2013-2019. Finalmente, en mayo de 2018, es reelecto
para el periodo 2019-2025 con el 67,84% de los votos (CNE, 2018).
Cabe destacar que durante el proceso de transición (e incluso al inicio de la nueva
administración del presidente Maduro), los fundamentos y la estructura de la GMVV se
mantuvieron prácticamente inalterados. Del mismo modo, ninguna de las leyes creadas
en el marco de la implementación de la GMVV entre 2011 y 2014 fueron modificadas o
derogadas. De hecho, el entonces ministro del Poder Popular para Vivienda y Hábitat
(2010-2015), Ricardo Molina fue ratificado en su cargo, hasta su salida del gabinete como
candidato a diputado a la AN por el estado Aragua en las elecciones parlamentarias de
diciembre de 2015.
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Los dos cambios de mayor relevancia llegarán, como se detalla más adelante, fueron:
(i) en mayo de 2014 con la adscripción al Órgano Superior del Sistema Nacional de
Vivienda y Hábitat (OSVH) del principal programa de rehabilitación de viviendas: la
Gran Misión Barrio Nuevo, Barrio Tricolor (GMBNBT), que hasta ese momento funcionaba
de manera independiente; y (ii) en noviembre de 2015 con la incorporación de un sexto
vértice al programa, lo que representó un cambio estructural de la propuesta inicial.
CREACIÓN DE LA GMVV
La GMVV fue creada por el expresidente Hugo Chávez, el 30 de abril de 2011. Es
producto de la integración de la Misión Hábitat (construcción de viviendas, 2006) y la
Misión Villanueva (mejora del espacio urbano, 2007) y “surge después de varios intentos
fallidos del gobierno bolivariano en materia de vivienda y hábitat” (Cariola, 2015: 24).
Según Lovera (2013b: 8) hubo tres motivaciones fundamentales para el surgimiento
de la GMVV: a) la demanda ciudadana y las ofertas incumplidas; b) el reto electoral que
representaban las elecciones presidenciales de octubre de 2012; y c) los eventos socio-
naturales de diciembre de 2010 que afectaron a varios estados del país y un número
importante de damnificados. Adicionalmente, en el periodo 1999-2010 se evidenciaba
una tendencia a la baja en la producción de viviendas convencionales, es decir, aquellas
promovidas por el sector privado o el Estado (Lovera, 2011: 6), razón por la cual un
nuevo programa debía contemplar la construcción de un importante número de
viviendas.
Figura N.º 1. Logo de la GMVV
Fuente: MINVIH (2011).
Por parte del discurso oficial las razones son otras. Así pues, en el marco de las
actividades de Hábitat III en Quito, el presidente Nicolás Maduro tuvo una intervención
en la que presentó los avances de la GMVV, asegurando que la vivienda es “…uno de
los problemas fundamentales creados por el desarrollo del capitalismo en el siglo XX” y
que desde 1999, en Venezuela se ha desarrollado un “revolución de la vivienda y del
hábitat” (MINCI, 2016: 7-8).
Políticas y programas de vivienda. una mirada retrospectiva a la gran misión…
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Es menester iniciar este recorrido por los principales elementos de la GMVV
indicando que, en la medida de lo posible, se promoverá el contraste y diálogo entre las
diversas visiones existentes. Así pues, para Cariola (2015: 11), esta “política de Estado”
posee tres características distintivas:
a) movilizadora de múltiples actores y recursos, con la participación
protagónica del pueblo organizado;
b) promueve la democratización del acceso al suelo urbano; y
c) trasciende la perspectiva sectorial de producción de viviendas
hacia una visión socio-territorial de construcción de nuevas
comunidades incluidas e integradas.
En contraste con esa afirmación, Lovera (2013b: 8) cataloga a la GMVV como una
“política trunca”. Entre las razones de tal afirmación, se pueden mencionar las
siguientes (Lovera, 2013: 10):
a) lineamientos centralizados sin casi consideración de realidades
locales;
b) no hay planificación previa sino metas cuantitativas;
c) violación de las ordenanzas municipales;
d) ausencia de evaluación de servicios y equipamientos para soportar
nuevas construcciones;
e) poca transparencia de la información y de rendición de cuentas
(fuera del número de viviendas construidas);
f) cumplimiento laxo de normas constructivas;
g) desprecio por la capacidad nacional de construcción (prioridad a
empresas extranjeras);
h) poca o nula consideración de impacto ambiental y urbano de las
construcciones emprendidas.
Como se observa, la GMVV tiene la particularidad de no dejar indiferentes a los
expertos en el problema de la vivienda y, seguramente, tampoco al público en general.
Sea para rescatar lo positivo de su enfoque y resultados o para cuestionar sus métodos
e impactos, cada uno tendrá argumentos igualmente válidos para ambos casos.
OBJETIVOS Y METAS
La GMVV tiene como objetivo “garantizar una vivienda digna a las familias
venezolanas que no la tengan, con la satisfacción plena de las necesidades
fundamentales” (MINCI, 2014: 81). En otras palabras, su objetivo es “la planificación y
ejecución de entrega a las familias sin vivienda propia de una solución habitacional
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digna y accesible, mediante los datos que suministra la propia comunidad interesada en
la resolución del problema de déficit habitacional de carácter familiar” (RBV, 2012b: 5).
También se contempla como objetivo de la GMVV, un cambio en el “modelo
territorial y en la distribución espacial de la población, que tradicionalmente se
concentra en la franja norte-costera del país (68% de la población) (MINVIH, 2011; INE,
2012). Se estima que los desarrollos habitacionales de la GMVV sean construidos a lo
largo de todo el territorio nacional con la finalidad de:
a) promover la integración territorial de la nación mediante corredores
multimodales de infraestructuras (transporte carretero, ferroviario y
fluvial);
b) desconcentrar las actividades económicas y asentamientos
poblacionales garantizando el mejoramiento de las condiciones de
vida…;
c) mejorar el hábitat de los principales centros urbanos y asentamientos
humanos con inclusión, justicia social, protagonismo popular y calidad
de vida… (MINVIH, 2011).
Sin embargo, en el Plan Sectorial de Hábitat y Vivienda 2019-2025 (MPPP, 2019), se
establece que el 61,3% de las viviendas previstas para el periodo, estarán en las regiones
central (Distrito Capital, Aragua, Carabobo, Miranda y La Guaira) y occidental (Falcón,
Lara, Yaracuy y Zulia), lo cual reproduce el patrón predominante de distribución
poblacional del país.
En cuanto a la meta planteada, inicialmente, fue la construcción de 2.000.000 de
viviendas para el 2017. Más tarde, el presidente Maduro, en el Plan de la Patria 2013-2019
(RBV, 2013a) amplía la meta hasta alcanzar 3.000.000 de viviendas para el año 2019, con
la finalidad de “abatir el déficit habitacional”. Según se informó el ajuste se debió a los
resultados del Registro Nacional de Vivienda (RNV), que fue levantado durante el año
2011. En 2018, se realizó una actualización de la demanda con datos provenientes del
sistema del carnet de la patria y el registro de vivienda del Sistema Nacional de Hábitat
y Vivienda (SNVH), lo que alcanzó 4.000.311. Sin embargo, para el mismo periodo se
estableció una meta de 2.760.215, hasta alcanzar 5.045.639 viviendas construidas para el
2025.
La meta no está dividida proporcionalmente entre los distintos años del periodo 2011-
2019, sino que aumenta progresivamente a medida que pasan los años (ver gráfico N.º
1). Y en el caso del primer bienio de ejecución de la GMVV se contempló la construcción
de 353.404 viviendas, es decir, aproximadamente el mismo mero de unidades
habitacionales entregadas por el sector público en el lapso comprendido entre 1998 y
2010 (MINVIH, 2011).
Políticas y programas de vivienda. una mirada retrospectiva a la gran misión…
122
Gráfico N.º 1. Metas de construcción anual de la GMVV, 2011-2023
Fuente: MINVIH (2011); OSVH (2022)
MARCO LEGAL Y ORGANIZACIONAL DE LA GMVV
MARCO LEGAL:
La legislación es una fase fundamental del ciclo de los programas públicos, previa a
la implementación. El principio de legalidad o de primacía de la ley, establece que el
ejercicio del poder público debe realizarse únicamente en correspondencia con la
legislación vigente. En términos de competencias, las instituciones y funcionarios
públicos sólo pueden ejercer como funciones aquello que le sea atribuido por la
Constitución o las leyes.
En el caso de la GMVV, su carácter novedoso implicó la promulgación de un conjunto
de leyes para reglamentar diversos temas, tales como: la organización institucional del
sector vivienda, las expropiaciones y ocupaciones temporales de terrenos, los refugios
utilizados para abrigar a la población damnificada, entre otros elementos (ver cuadro
N.º 1).
153.404
200.000
300.000
325.000
325.000
350.000
350.000
500.000
500.000
500.000
500.000
500.000
500.000
-
100.000
200.000
300.000
400.000
500.000
600.000
2011
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
2019
2020
2021
2022
2023
META DE VIVIENDAS
AÑOS
Revista Venezolana de Análisis de Coyuntura, 2023 Vol. XXIX, No. 2 (jul - dic),
123
Cuadro N.º 1. Marco legal de la GMVV
Instrumento jurídico
Gaceta oficial
Fecha
Decreto 7.936, mediante el cual se dicta el Decreto con
Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Creación del
Fondo Simón Bolívar para la Reconstrucción.
39.583
29-12-10
Decreto 8.001, mediante el cual se dicta el Decreto con
Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Refugios dignos
para Proteger a la Población, en casos de emergencia o
desastres.
39.599
21-01-11
Decreto 8.005, mediante el cual se dicta el Decreto con
Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para
Terrenos y Vivienda.
6.018 (*)
29-01-11
Decreto 8.120, mediante el cual se crea “El Órgano
Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat”,
como unidad administrativa adscrita a la Presidencia de la
República, de la cual dependerá la asignación de su
presupuesto anual y el suministro de los recursos necesario
para el cumplimiento de sus funciones.
39.643
28-03-11
Decreto 8.143, con Rango, Valor y Fuerza de Ley del
Régimen de propiedad de las viviendas de la Gran Misión
Vivienda Venezuela.
6.021 (*)
06-04-11
Decreto 8.145, mediante el cual se crea una Comisión
Presidencial, que se denominará Comisión de Apoyo a la
Gestión de Construcción de Viviendas en las Áreas Vitales
de Vivienda y Residencias (AVIVIR) de Fuerte Tiuna.
39.655
13-04-11
Resolución 63, mediante la cual se establece en un doce
por ciento (12%) el porcentaje mínimo de la cartera de
crédito bruta anual, que con carácter obligatorio deben
colocar con recursos propios las instituciones del sector
bancario obligadas a conceder créditos hipotecarios
destinados a la adquisición y construcción de vivienda
principal dentro de la Gran Misión Vivienda Venezuela.
39.664
02-05-11
Decreto 8.174, mediante el cual se exonera del Impuesto
al Valor Agregado, Pagos de Aranceles de Importación y
Tasas Aduaneras, para el incentivo de la construcción de
viviendas dignas en el marco del Decreto con Rango, Valor
y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y
Vivienda, y la Gran Misión Vivienda Venezuela.
39.665
03-05-11
Políticas y programas de vivienda. una mirada retrospectiva a la gran misión…
124
Instrumento jurídico
Gaceta oficial
Fecha
Decreto 8.175, mediante el cual se exonera del Impuesto
Sobre la Renta para el incentivo de la construcción de
viviendas dignas en el marco del Decreto con Rango, Valor
y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y
Vivienda, y la Gran Misión Vivienda Venezuela, en los
términos que en él se mencionan.
39.665
03-05-11
Decreto 8.198, mediante el cual se dicta el Decreto con
Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Regularización
Integral de la Tenencia de la Tierra de los Asentamientos
Urbanos y Periurbanos.
39.668
06-05-11
Resolución nº 82, mediante la cual se prohíbe la instalación
y utilización de cocinas y calentadores de agua eléctricos en
las viviendas construidas en el marco de la Gran Misión
Vivienda Venezuela.
39.695
14-06-11
Decreto nº 8.588, mediante el cual se autoriza la creación de
una Empresa del Estado bajo la forma de Sociedad
Anónima denominada "Inmobiliaria Nacional, S.A.", la cual
estará adscrita y bajo el control accionario del Órgano
Superior del Sistema Nacional.
39.799
14-11-11
Resolución 33 mediante la cual se delega al Banco
Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), la
elaboración, gerencia y coordinación del Sistema Nacional
de Protocolización y Cobranzas de las Viviendas
construidas en el marco de la Gran Misión Vivienda
Venezuela con recursos desembolsados por un ente u
órgano del Estado.
39.865
15-02-12
Resolución 50, mediante la cual se establece en quince
por ciento (15%) el porcentaje mínimo de la cartera de
crédito bruta anual, que con carácter obligatorio deben
destinar con recursos propios las instituciones del sector
bancario, obligadas a conceder créditos destinados a la
construcción, adquisición, mejoras, ampliación y
autoconstrucción de vivienda principal, en el marco de la
Gran Misión Vivienda Venezuela.
39.890
23-03-12
Decreto 8.863, mediante el cual se dicta el Decreto con
Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Reforma Parcial
del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de
Creación del Fondo Simón Bolívar para la Reconstrucción.
39.892
27-03-12
Revista Venezolana de Análisis de Coyuntura, 2023 Vol. XXIX, No. 2 (jul - dic),
125
Instrumento jurídico
Gaceta oficial
Fecha
Decreto 9.048, mediante el cual se dicta la Reforma
Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del
Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.
39.945
15-06-12
Decreto 9.050, mediante el cual se dicta el Decreto con
Rango, Valor y Fuerza de Ley para la determinación del
justiprecio de bienes inmuebles en los casos de
expropiaciones de emergencia con fines de poblamiento y
habitabilidad.
39.945
15-06-12
Resolución nº 1, mediante la cual se prohíbe expresamente
a las empresas nacionales o internacionales, Consejos
Comunales, Gerencias cnicas, Cooperativas o cualquier
otra organización, que ejecute obras para la Gran Misión
Vivienda Venezuela con recursos provenientes del erario
público, la venta, cesión, donación o intercambio de
materiales de construcción a terceras personas, sean
naturales o jurídicas.
40.082
03-01-13
Resolución nº 16, mediante la cual se establece en un veinte
por ciento (20%) el porcentaje mínimo de la cartera de
crédito bruta anual, que con carácter obligatorio deben
colocar con recursos propios las instituciones del sector
bancario obligadas a conceder créditos nuevos hipotecarios
destinados a la construcción, adquisición y
autoconstrucción de vivienda principal.
40.109
13-02-13
Resolución 89, mediante la cual se establecen los
lineamientos generales para el diseño y construcción de
viviendas y nuevos desarrollos habitacionales en el marco
de la Gran Misión Vivienda Venezuela.
40.215
26-07-13
Decreto 603, mediante el cual se crea la Gran Misión
Barrio Nuevo Barrio Tricolor.
40.299
21-11-13
Decreto 1.013, mediante el cual se adscribe la Gran
Misión Vivienda Venezuela y la Gran Misión Barrio Nuevo
Barrio Tricolor, al Órgano Superior del Sistema Nacional de
Vivienda y Hábitat.
40.422
29-05-14
Políticas y programas de vivienda. una mirada retrospectiva a la gran misión…
126
Instrumento jurídico
Gaceta oficial
Fecha
Resolución 28, mediante la cual se dicta los Lineamientos
y Normas para los Procesos de Regularización de Terrenos,
de la Propiedad de la Tierra y para la elaboración de
documentos de propiedad de las viviendas de la Gran
Misión Vivienda Venezuela.
40.433
13-06-14
Resolución 30, mediante la cual se establece los
lineamientos para la aplicación del Plan 0800-MIHOGAR,
destinados a los créditos de adquisición de vivienda
principal construidas con recursos públicos o privados en
el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela.
40.433
13-06-14
Decreto 1.394, mediante el cual se dicta el Decreto con
Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Misiones,
Grandes Misiones y Micro-Misiones.
6.154 (*)
19-11-14
Decreto n° 2.210, mediante el cual se adscribe al Ministerio
del Poder Popular para Hábitat y Vivienda la sociedad
mercantil Fondo Simón Bolívar para la Reconstrucción, S.A.
40.838
28-01-16
Resolución conjunta nº 2 y 57, mediante la cual se dictan las
Normas para la Protocolización de Documentos en el Marco
de la Gran Misión Vivienda Venezuela.
40.838
28-01-16
Resolución 47, mediante la cual se establece los
lineamientos para la aplicación del Programa 0800-
MIHOGAR, destinados a los créditos de adquisición de
vivienda principal construidas con recursos públicos o
privados en el marco de la Gran Misión Vivienda
Venezuela.
40.865
09-03-16
Resolución nº 48, mediante la cual se establece un "Método
de selección de beneficiarios y beneficiarias" aplicable a las
viviendas construidas con recursos provenientes de la
cartera hipotecaria en el Marco de la Gran Misión Vivienda
Venezuela, a través del Programa 0800-MIHOGAR.
40.865
09-03-16
Revista Venezolana de Análisis de Coyuntura, 2023 Vol. XXIX, No. 2 (jul - dic),
127
Instrumento jurídico
Gaceta oficial
Fecha
Resolución nº 48, mediante la cual se establece un "Método
de selección de beneficiarios y beneficiarias" aplicable a las
viviendas construidas con recursos provenientes de la
cartera hipotecaria en el Marco de la Gran Misión Vivienda
Venezuela, a través del Programa 0800-MIHOGAR.
40.865
09-03-16
Decreto 3.567, mediante el cual se adscribe al Ministerio
del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos
Sociales la “Fundación Gran Misión Barrio Nuevo Barrio
Tricolor”.
41.450
31-07-18
Decreto 3.774, mediante el cual se adscriben a la
Vicepresidencia Ejecutiva de la República Bolivariana de
Venezuela, la Fundación Gran Misión Barrio Nuevo,
Barrio Tricolor”; y la empresa del Estado denominada
“Corporación Barrio Nuevo, Barrio Tricolor, S.A.”.
41.594
26-02-19
Fuentes: RBV (2010c; 2011a; 2011b; 2011c; 2011d; 2011e; 2011f; 2011g; 2011j; 2011k; 2011l; 2011m; 2012a; 2012c;
2012d; 2012e; 2012f; 2013b; 2013c; 2013d; 2013e; 2014a; 2014b: 2014c; 2014f; 2016a; 2016b; 2016c; 2016d; 2016e;
2018; 2019b).
Nota: (*) Número extraordinario.
Uno de los aspectos que s llama la atención en contextos donde se enarbola la
participación como fundamental para la gestión pública, es la utilización recurrente de
los Decretos-Ley como principal instrumento para legislar sobre las materias indicadas
en el párrafo anterior. Esto implicó que la AN como instancia natural para la discusión
de los temas de interés público delegó, en varias oportunidades sus funciones en el
Poder Ejecutivo, a través de leyes habilitantes. Este tipo de instrumentos carecen de
mecanismos que obliguen al debate o consulta pública con los actores involucrados,
como si ocurre con el proceso de formación y discusión de proyectos de ley que establece
el Reglamento de Interior y de Debates de la AN (RBV, 2010d).
En diciembre de 2010, se aprueba una nueva Ley Habilitante (RBV, 2010b) solicitada
por el expresidente Hugo Chávez para enfrentar la emergencia generada en el país como
consecuencia de las intensas lluvias. Entre los primeros decretos-ley promulgados
destacan los siguientes:
El Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Creación del Fondo Simón
Bolívar para la Reconstrucción (FSB) (RBV, 2010c), con el objeto de obtener los recursos
necesarios para la construcción de viviendas. Fue creado sin personalidad jurídica y
estuvo adscrito al Ministerio del Poder Popular para Energía y Petróleo. En 2012, fue
Políticas y programas de vivienda. una mirada retrospectiva a la gran misión…
128
convertido en sociedad anónima adscrita al OSVH (RBV, 2012d). Finalmente, en 2016,
pasa a ser un ente adscrito del MINHVI (2016c). Se nutre de recursos del Estado, de la
banca pública y del pago de cuotas por compra de vivienda de las familias adjudicadas
por la GMVV.
El Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Refugios dignos para Proteger
a la Población, en casos de emergencia o desastres (LERD) (RBV, 2011a), a los fines de
garantizar los derechos de las familias afectadas por las lluvias y ubicadas en refugios
temporales.
La Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda (LOETV) (RBV, 2011b),
que establece la creación del Órgano Superior (RBV, 2011b: art. 14), adscrito a la
Presidencia de la República, para ejercer la rectoría del SNVH. También prevé los
mecanismos para la ocupación temporal de inmuebles no residenciales, la afectación de
terrenos por causa de utilidad pública y faculta al Ejecutivo Nacional para decretar los
siguientes tipos de áreas (RBV, 2011b: art. 3):
a) Áreas Vitales de Vivienda y de Residencia (AVIVIR): para reordenar integralmente
la distribución y uso del espacio y luego destinarlas con prioridad y urgencia a la
construcción de viviendas unifamiliares o multifamiliares. En las AVIVIR el Estado no
permitirá la existencia de inmuebles no residenciales o terrenos abandonados, ociosos,
subutilizados o de uso inadecuado.
b) Áreas de Emergencia Habitacional (AREHA): integradas por zonas declaradas de
riesgo, de peligro potencial o de peligro inminente para la vida y permanencia segura
de las familias ubicadas en estos espacios.
Zonas de Riesgo (ZORI).
Zonas de Peligro Potencial (ZOPO).
Zonas de Peligro Inminente (ZOPI).
El proceso de declaración de las AVIVIR es competencia del Ejecutivo Nacional (ver
figura N.º 2), de conformidad con la LOETV (RBV, 2011b: art. 3.3). Los terrenos
decretados como AVIVIR “son entregados por el Estado a costo Bs. 0 para la
construcción de viviendas” (MINVIH, 2011). A partir de allí se inicia un proceso de
reordenamiento en cuanto al uso del espacio que garantice su uso residencial (RBV,
2011b: art. 3.3). Las primeras AVIVIR (RBV, 2011h)
3
y AREHA (RBV, 2011i)
4
fueron
decretadas en febrero de 2011.
Desde 2009, ya existía un mecanismo similar en el caso de “tierras urbanas sin uso
aptas para el desarrollo de programas sociales de vivienda y hábitat”, es decir,
“…aquellas extensiones, ubicadas en áreas de las ciudades equipadas de servicios
3
Se refiere a Ciudad Tiuna, sector I y sector II (Distrito Capital), Estación Cúa (Miranda), Charallave Norte
(Miranda), Lomas de Guadalupe (Miranda), El Triplex (Miranda), Playa Grande (Vargas), Ciudad Caribia
(Vargas), Catia La Mar (Vargas), Base Libertador (Aragua), Socoromi y El Viñedo (Anzoátegui); Yucatán,
actualmente Urbanismo “Ali Primera” (Lara) y Costa Oriental del Lago (Zulia).
4
Se trata del Barrio Federico Quiroz (Municipio Libertador, Distrito Capital). Luego fueron decretadas otras
AREHA, tales como, Blandín, (Distrito Capital); Sector La Punta y Mata Redonda (Aragua); y Sector Las
Brisas (Aragua).
Revista Venezolana de Análisis de Coyuntura, 2023 Vol. XXIX, No. 2 (jul - dic),
129
públicos, entre ellas: 1. Tierras urbanas abandonadas por sus propietarios o propietarias;
2. Tierras urbanas sin edificar; 3. Cualquier otra que así determine el Ejecutivo Nacional”
(RBV, 2009a: art. 6).
En ese sentido, la Ley de Tierras Urbanas (LTU) (RBV, 2009a: art. 22) establece que “la
comunidad organizada podrá presentar denuncia de la existencia de tierras urbanas sin
uso (…) para la regularización de la tenencia…”. De igual modo, …podrán actuar como
custodio de las tierras en proceso y las que hayan sido declaradas sin uso, a fin de
asegurar el bien de posibles invasiones. En ningún caso podrán los custodios, ocupar
estas tierras” (RBV, 2009a: art. 22).
Figura N.º 2. Proceso de declaración de AVIVIR
Fuente: MINVIH (2011).
A partir de 2011, con la LOETV (RBV, 2011b: art. 5) se declaran de utilidad pública e
interés social no solo a los terrenos urbanos y rurales “abandonados, ociosos,
subutilizados o sobre los que exista un uso inadecuado” sino también a los “inmuebles
no residenciales aptos para vivienda”, que incluye “…galpones, instalaciones,
infraestructura y depósitos que se encuentren en estado de abandono, inactividad,
ociosos, subutilizados o de los que se haga uso inadecuado, a los fines del poblamiento”
(RBV, 2011b: art. 4). La LOETV también faculta al Ejecutivo Nacional para ordenar la
ocupación temporal de dichos terrenos e inmuebles (RBV, 2011b: art. 28).
Otro instrumento legal de importancia fue el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley
del Régimen de propiedad de las viviendas de la GMVV (LRPGMVV) (RBV, 2011c: arts. 9 y
10), que estableció nuevas formas de propiedad, a saber: a) familiar (derecho sobre la
Políticas y programas de vivienda. una mirada retrospectiva a la gran misión…
130
vivienda destinada única y exclusivamente al uso, goce, disfrute y disposición por parte
de la unidad familiar) y, b) multifamiliar (derecho sobre el terreno, inmuebles y las áreas
de uso y disfrute común de todos los miembros de las unidades familiares).
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
Una de las características más relevantes de la política social venezolana reciente ha
sido la “inestabilidad organizacional” que se expresa a través de dos referencias básicas:
“…por un lado, los principales cambios en la estructura ministerial y, por otro lado, la
elevada rotación directiva en los altos cargos públicos” (Aponte, 2016: 17). A
continuación, son abordados ambos aspectos en un sector que ha registrado importantes
cambios y discontinuidades en su esquema organizacional.
El Órgano Superior de Vivienda y Hábitat (OSVH):
De acuerdo con el artículo 14 de la LOETV (RBV, 2011b), la rectoría del SNVH será
ejercida directamente por el presidente de la República. Esto contraviene lo establecido
por Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat (LRPVH) (RBV, 2012a: arts. 5 y 6.1),
que otorga la rectoría al Ministerio con competencia en materia de Vivienda y bitat.
En ese mismo artículo se establece que podrá crearse mediante decreto el Órgano
Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat (OSVH), adscrito a la Presidencia
de la República.
En marzo de 2011 se promulga el Decreto (RBV, 2011j) de su creación, que establece
que estará bajo la Coordinación del vicepresidente del Consejo de ministros para el
Desarrollo Territorial, en ese entonces, Rafael Ramírez, quien además era ministro del
Poder Popular para la Energía y Petróleo (2002-2014) y presidente de Petróleos de
Venezuela S.A. (PDVSA) (2004-2014). Llama la atención que, siendo un programa de
vivienda, la coordinación del OSVH no estuviera a cargo del ministro del sector. No
obstante, esta designación estuvo en consonancia con los objetivos iniciales de la GMVV
orientados a disminuir el déficit habitacional a la vez que se generaban cambios en el
patrón tradicional de poblamiento del país.
En mayo de 2014, el presidente Maduro articula a la GMVV y la GMBNBT en una
única instancia de coordinación. Para ello, suprime el Órgano Superior de la GMBNBT
y adscribe este programa al OSVH (RBV, 2014b). Con esta decisión se buscaba establecer
“una sola estrategia integral de vivienda y hábitat en la ciudad. En este sentido, ambas
Grandes Misiones hacen parte de la misma instancia coordinadora, (…), y actúan también
articuladamente en el territorio” (Cariola, 2015: 26).
El OSVH tiene más de treinta competencias entre las que resaltan:
1. presidir la rectoría superior del SNVH; 2. formular y evaluar la política nacional de
vivienda y hábitat (…); 4. ubicar, identificar y levantar un registro detallado de los
terrenos aptos para la construcción de viviendas (…); 6. determinar y establecer los
límites y extensión de las AVIVIR y de las AREHA… (RBV, 2011j: art. 7).
Revista Venezolana de Análisis de Coyuntura, 2023 Vol. XXIX, No. 2 (jul - dic),
131
Adicionalmente, el OSVH se reúne semanalmente (martes) y su estructura se replica
en 24 Órganos Estadales de Vivienda y 335 Órganos Municipales de Vivienda (OSVH,
2022).
En la actualidad, el OSVH está integrado por: el presidente de la República; el
vicepresidente sectorial para el Desarrollo Territorial, el presidente de la Fundación
Barrio Nuevo, Barrio Tricolor; los ministros del Poder Popular para Hábitat y Vivienda;
la Energía Eléctrica; los Pueblos Indígenas; el Proceso Social de Trabajo; Ciencia y
Tecnología; Industrias Básicas y Producción Nacional, el Ecosocialismo, las Comunas y
los Movimientos Sociales; Interior y Justicia; la Defensa; el Jefe de Gobierno del Distrito
Capital; y el alcalde del Municipio Bolivariano Libertador (Distrito Capital). Vale la pena
destacar que, en sus inicios, el OSVH tuvo entre sus miembros al presidente de la
Corporación de Desarrollo de la Cuenca del Río Tuy “Francisco de Miranda” S.A.
(CORPOMIRANDA), creada en 2013 (RBV, 2013f), al Gobernador del estado La Guaira
(invitado especial), y a los ministros del Poder Popular de Petróleo; la Comunicación y
la Información y para la Transformación Revolucionaria de la Gran Caracas.
Según el Decreto que reorganiza el OSVH (RBV, 2014b: art. 2), el presidente de la
República lo sigue presidiendo, el ministro del Poder Popular para Hábitat y Vivienda
es ahora el coordinador jefe y el presidente de la Fundación Barrio Nuevo, Barrio Tricolor,
es el coordinador subjefe. En la práctica esta jerarquía fue ajustándose a las dinámicas
de rotación del Consejo de ministros. Por ello, hasta noviembre de 2017, ambos cargos
de coordinación recaían sobre el entonces ministro del Poder Popular para Hábitat y
Vivienda, el mayor general Manuel Quevedo. No obstante, la designación de Quevedo
5
como ministro del Poder Popular de Petróleo y presidente (E) de PDVSA, éste se
mantuvo como coordinador jefe del OSVH y se designó al nuevo ministro del Poder
Popular para Hábitat y Vivienda, general de división Ildemaro Villarroel, como subjefe.
En diciembre de 2017, el general de división Raúl Alfonzo Paredes, es designado
como presidente de la Fundación GMBNBT. Luego, en julio de 2018, esa fundación
cambia de adscripción al Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los
Movimientos Sociales (RBV, 2018) y, en 2019 a la Vicepresidencia Ejecutiva (RBV, 2019b).
Adicionalmente, en agosto de 2019, Paredes es nombrado ministro del Poder Popular
para Obras Publicas. En la actualidad ocupa ambos cargos y se consolida la presencia
del sector militar en áreas estratégicas dentro del gabinete ministerial del presidente
Maduro (Transparencia Venezuela, 2020).
En suma, se observa que los intentos por lograr una articulación entre los dos
principales esfuerzos en materia de vivienda y hábitat desarrollados por el Gobierno
5
En el periodo 2015-2017 llegó a tener varios cargos simultáneamente, siendo ministro y presidente o director
de varios entes adscritos, tales como la Fundación GMBNBT, la FMH, el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat
(BANAVIH), la Inmobiliaria Nacional y el FSB.
Políticas y programas de vivienda. una mirada retrospectiva a la gran misión…
132
Nacional a través del OSVH se ven desdibujados por los constantes cambios de
autoridades y un andamiaje institucional complejo.
Ministerios con competencia en materia de Vivienda y Hábitat:
Durante décadas las competencias estatales vinculadas al sector de vivienda y hábitat
fueron ejercidas por el Ministerio de Obras Públicas (MOP), especialmente, después de
la creación del Banco Obrero en 1928. En 1977, el MOP fue suprimido para dar paso a los
ministerios de: Transporte y Comunicaciones (MTC), Ambiente y de los Recursos
Naturales Renovables (MARNR), y Desarrollo Urbano (MINDUR) (Valente, 2019). En
1999, en el marco de una estrategia de reducción del tamaño de la administración
pública, el gobierno de Hugo Chávez crea el Ministerio de Infraestructura (MINFRA), a
partir de la fusión del MTC y MINDUR. Seguidamente, en 2004, las competencias en
materia de vivienda y hábitat fueron diferenciadas con la creación de una cartera
independiente, primero como ministro de Estado (2004-2005) y luego como ministerio
con cartera (2005-2009).
Más tarde, en 2009, el Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat
(MINVIH) y el MINFRA se fusionan en el nuevo Ministerio del Poder Popular para
Obras blicas y Vivienda (MOPVIH) (RBV, 2009b), para luego ser separados
nuevamente en junio de 2010 (RBV, 2010f). Adicionalmente, en diciembre de 2010, el
Ejecutivo Nacional añadió un nuevo actor en la planificación urbana de la ciudad de
Caracas, designando como ministro de Estado para la Transformación Revolucionaria
de la Gran Caracas a Francisco Sesto (RBV, 2010g). En 2013, es sustituido por Ernesto
Villegas y, en 2014, se suprime el cargo (RBV, 2014g) para dar paso (de carácter
temporal) a la Comisión Presidencial para la Transformación Revolucionaria de la Gran
Caracas. Finalmente, en enero de 2017, Juan Escalona (antiguo edecán del expresidente
Chávez), fue designado como Comisionado en calidad de encargado.
En 2014, el MINVIH sería fusionado nuevamente, esta vez con el Ministerio del Poder
Popular para el Ambiente (MINAMB), surgiendo el Ministerio del Poder Popular para
Vivienda, bitat y Ecosocialismo (RBV, 2014d), que luego cambia su denominación a
Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo, Hábitat y Vivienda (RBV, 2014e). En
2015, siete meses más tarde, se separan (RBV, 2015) y se crea el actual Ministerio del
Poder Popular para Hábitat y Vivienda (MINHVI) (ver figura 3).
Revista Venezolana de Análisis de Coyuntura, 2023 Vol. XXIX, No. 2 (jul - dic),
133
Figura N.º 3. Venezuela. Evolución institucional de la rectoría del sector vivienda y
hábitat, 1874-2023
Fuente: Valente (2018: 118)
Es importante mencionar que, con cada modificación a la estructura del Ministerio
con competencia en el sector, también se generaron cambios en las diferentes
adscripciones de los organismos que han formado parte de estos procesos (por ejemplo,
BANAVIH, Instituto Nacional de Tierras Urbanas, Superintendencia Nacional de
Viviendas, Instituto Nacional de Parques, empresas hidrológicas, entre otras).
Esta cambiante estructura organizativa del Estado en el sector vivienda y hábitat ha
afectado negativamente los resultados de la gestión gubernamental. Si bien, ha
respondido a ajustes y objetivos gubernamentales coyunturales, la ausencia de un
diseño claro y estable hace parecer que cada nueva gestión inicia desde “cero” (Lovera,
2011: 20). Aun cuando las distintas reformas de la LRPVH han tendido a fortalecer y
concentrar los procesos de toma de decisiones en el Ministerio con competencia en la
materia, en la práctica sigue existiendo una falta de liderazgo claro en la rectoría del
sector.
La búsqueda de alternativas de gestión eficientes ha resultado en una arquitectura
institucional muy parecida a la existente antes de la llegada de Hugo Chávez a la
presidencia de la Republica en 1999. Al parecer la especificidad del tema y la magnitud
del problema requieren separar, desde el punto de vista de las competencias, a la
vivienda del resto de las obras y servicios públicos.
Políticas y programas de vivienda. una mirada retrospectiva a la gran misión…
134
Del mismo modo, la responsabilidad de llevar adelante la cartera con competencia en
vivienda y bitat ha sido un desafío. En una investigación previa (Valente, 2019) se
identificó que, en los primeros años de gobierno, las cortas gestiones de los ministros
fue la constante, aunque más recientemente, la situación se ha normalizado (ver cuadros
N.º 2 y N.º 3).
Cuadro N.º 2. Venezuela. Ministros con competencia en vivienda, 1999-2023
Periodo
N.º de ministros
1999-2004
6
2004-2009
7
2009-2013
1
2013-2017
1
2017-2023
1
Fuente: Gacetas Oficiales. Notas: Se ha dividido en periodos para poder facilitar la
comparación.
(+) El segundo periodo no incluye a Ramón Carrizalez quien estuvo como encargado
durante 9 días en 2009.
(#) No incluye a Ricardo Molina, quien venía de la gestión del expresidente Chávez y
fue ratificado por Nicolás Maduro al asumir la Presidencia de la República.
Los cambios de autoridades han tenido su impacto en términos de los resultados
obtenidos en los últimos años. Ello da cuenta de las dificultades para desarrollar una
política coherente en cualquier ámbito con tales niveles de volatilidad institucional e
incluso legal. Hay que considerar que cada cambio de autoridades genera rotación no
sólo del personal gerencial sino también técnico, así como también, una potencial
discontinuidad en las acciones ejecutadas.
Cuadro N.º 3. Venezuela. Ministros con competencia en vivienda, 2011-2023
Fecha
Decreto
Gaceta Oficial
1
Ricardo Antonio Molina Peñaloza
22-06-10
7.514
39.451
02-09-14
1.213
40.488
07-04-15
1.702
40.364
2
Manuel Salvador Quevedo Fernández
19-08-15
1.944
40.727
3
Ildemaro Moisés Villarroel Arismendi
26-11-17
3.177
6.343 (*)
Fuente: Gacetas oficiales.
Nota: (*) Número extraordinario.
En la figura N.º 4 se observa que en momentos de mayor estabilidad institucional es
cuando mayores cambios a nivel de autoridades se han dado, mientras que durante la
gestión más larga se registraron varios procesos de reorganización. No obstante, desde
Revista Venezolana de Análisis de Coyuntura, 2023 Vol. XXIX, No. 2 (jul - dic),
135
noviembre de 2017 se mantiene al frente del MIHVI el general de división Ildemaro
Villarroel (quien fue viceministro en la gestión anterior).
Tal como señala Aponte (2016: 19) “la alta rotación ministerial y la inexperiencia de
una parte de los nuevos gerentes son otros factores de incertidumbre y parálisis y de
inefectividad o ineficiencia frecuente en los organismos ministeriales”. No obstante, esta
situación no fue exclusiva de los ministros con competencia en el sector de vivienda y
hábitat. Así pues, las autoridades de algunos entes adscritos también fueron cambiadas
con relativa frecuencia. Por ejemplo, en el periodo 1999-2004, fueron nombrados cinco
presidentes del Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI) (Bolívar, Torres y Rosas,
2012: 39), un organismo de asesoría y definición de la política habitacional, que fue
suprimido y liquidado en 2006 mediante ley especial (RBV, 2006)
Además de los problemas que se generan como consecuencia de las dinámicas
institucionales, cabe destacar que las acciones más importantes adelantadas por el
Gobierno Nacional en materia de vivienda y hábitat tienden a ser decisiones
unilaterales, es decir, no son el resultado de amplios procesos de consulta o concertación
con los principales actores involucrados, ni tampoco constituyen una respuesta explícita
ante las demandas de algunos de estos actores. El abordaje de un problema complejo
como la vivienda requiere necesariamente el reconocimiento de la variedad de actores
que participan en su sistema de producción y consumo, y los ministros encargados de
estas áreas deberían fungir como agentes que promuevan la negociación, coordinación
y articulación con diversos sectores.
Políticas y programas de vivienda. una mirada retrospectiva a la gran misión…
136
Figura N.º 4. Venezuela. Ministros con competencia en el sector vivienda y hábitat,
2004-2023
Fuente: Valente (2018: 121).
A MANERA DE CIERRE
Una mirada retrospectiva a un programa de vivienda y hábitat como la GMVV,
requiere un esfuerzo de síntesis no solo del contexto sociopolítico en el que surgió sino
también del marco legal e institucional que ha permitido su implementación. Durante
un poco más de doce años, se observa un importante intento de innovación con nuevas
normativas, regulaciones y organismos dentro del sector. Estos cambios y
discontinuidades han tenido importantes efectos en el cumplimiento de sus objetivos y
metas iniciales. Por ello, en la segunda parte de este artículo se abordarán algunos de los
resultados más relevantes de la GMVV, así como las oportunidades y riesgos que
representa para la garantía del derecho a la vivienda adecuada en la Venezuela actual.
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Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Regularización Integral de la Tenencia de
la Tierra de los Asentamientos Urbanos y Periurbanos. (6 de mayo de 2011d). [Decreto
N.º 8.198] Gaceta Oficial N.º 39.668.
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Creación del Fondo Simón Bolívar para
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39.583.
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda.
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Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para la determinación del justiprecio de bienes
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Decreto mediante el cual se adscribe al Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda la
sociedad mercantil Fondo Simón Bolívar para la Reconstrucción, S.A. (28 de enero de
2016). [Decreto N.º 2.210]. Gaceta Oficial N.º 40.838.
Decreto mediante el cual se adscribe la Gran Misión Vivienda Venezuela y la Gran Misión Barrio
Nuevo Barrio Tricolor, al Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat. (29
de mayo de 2014b). [Decreto N.º 1.013]. Gaceta Oficial N.º 40.422.
Revista Venezolana de Análisis de Coyuntura, 2023 Vol. XXIX, No. 2 (jul - dic),
139
Decreto mediante el cual se adscriben a la Vicepresidencia Ejecutiva de la República Bolivariana
de Venezuela, la “Fundación Gran Misión Barrio Nuevo, Barrio Tricolor”; y la empresa del
Estado denominada “Corporación Barrio Nuevo, Barrio Tricolor, S.A.. (26 de febrero de
2019). [Decreto N.º 3.774]. Gaceta Oficial N.º 41.594.
Decreto mediante el cual se autoriza la creación de una Empresa del Estado bajo la forma de
Sociedad Anónima, denominada “Inmobiliaria Nacional, S.A.”, la cual estará adscrita y bajo
el control accionario del Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat. (14
de noviembre de 2011g). [Decreto N.º 8.588]. Gaceta Oficial N.º 39.799.
Decreto mediante el cual se autoriza la creación de una Empresa del Estado, bajo la forma de
Sociedad Anónima que se denominará Corporación de Desarrollo de la Cuenca del Río Tuy
“Francisco de Miranda”, S.A., pudiendo utilizar a todos los efectos la abreviatura
CORPOMIRANDA, S.A. (25 de marzo de 2013). [Decreto N.º 9.431]. Gaceta Oficial
N.º 40.135
Decreto mediante el cual se crea “El Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y
Hábitat”, como unidad administrativa adscrita a la Presidencia de la República, de la cual
dependerá la asignación de su presupuesto anual y el suministro de los recursos necesario
para el cumplimiento de sus funciones. (28 de marzo de 2011j). [Decreto N.º 8.120].
Gaceta Oficial N.º 39.643.
Decreto mediante el cual se crea el Área de Emergencia Habitacional (AREHA) Barrio Federico
Quiroz, ubicada la Parroquia Sucre, jurisdicción del Municipio Libertador, Distrito Capital.
(14 de febrero de 2011i). [Decreto N.º 8.042]. Gaceta Oficial N.º 39.615.
Decreto mediante el cual se crea la Gran Misión Barrio Nuevo Barrio Tricolor. (21 de
noviembre de 2013d). [Decreto N.º 603]. Gaceta Oficial N.º 40.299.
Decreto mediante el cual se crea una Comisión Presidencial, que se denominará Comisión de
Apoyo a la Gestión de Construcción de Viviendas en las Áreas Vitales de Vivienda y
Residencias (AVIVIR) de Fuerte Tiuna. (13 de abril de 2011e). [Decreto N.º 8.145].
Gaceta Oficial N.º 39.655.
Decreto mediante el cual se crean las Áreas Vitales de Vivienda y de Residencia (AVIVIR),
destinadas a la construcción de viviendas. (14 de febrero de 2011h). [Decreto N.º 8.041].
Gaceta Oficial N.º 39.615.
Decreto mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de
Misiones, Grandes Misiones y Micromisiones. (19 de noviembre 2014c). [Decreto N.º
1.394]. Gaceta Oficial N.º 6.154 extraordinaria.
Decreto mediante el cual se exonera del Impuesto al Valor Agregado, Pagos de Aranceles de
Importación y Tasas Aduaneras, para el incentivo de la construcción de viviendas dignas en
el marco del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para
Terrenos y Vivienda, y la Gran Misión Vivienda Venezuela. (3 de mayo de 2011k).
[Decreto N.º 8.174]. Gaceta Oficial N.º 39.665.
Políticas y programas de vivienda. una mirada retrospectiva a la gran misión…
140
Decreto mediante el cual se exonera del Impuesto Sobre la Renta para el incentivo de la
construcción de viviendas dignas en el marco del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley
Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda, y la Gran Misión Vivienda Venezuela,
en los términos que en él se mencionan. (3 de mayo de 2011l). [Decreto N.º 8.175]. Gaceta
Oficial N.º 39.665.
Decreto mediante el cual se instrumentan los procedimientos que permitan realizar en forma
adecuada y expedita la elaboración, inscripción registral o protocolización de los documentos
donde conste la constitución, modificación, extinción o transmisión de derechos sobre los
terrenos y las viviendas construidas en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela
(GMVV) y demás planes, programas o proyectos del Estado, que tengan como objetivo la
satisfacción del derecho constitucional a la vivienda y a la propiedad, previsto en el Artículo
115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (27 de octubre de 2016).
[Decreto N.º 2.502]. Gaceta Oficial N.º 41.018.
Decreto mediante el cual se modifica la denominación del Ministerio del Poder Popular para
Vivienda, Hábitat y Ecosocialismo, por la de Ministerio del Poder Popular para
Ecosocialismo, Hábitat y Vivienda. (3 de octubre de 2014e). [Decreto N.º 1.293]. Gaceta
Oficial N.º 40.511.
Decreto mediante el cual se ordena la supresión del Ministerio del Poder Popular para el
Ambiente y el Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat; y se crea el Ministerio
del Poder Popular para Vivienda, Hábitat y el Ecosocialismo, con competencia en el ámbito
de las políticas públicas del Ejecutivo Nacional en materia de Vivienda, Hábitat Humano, la
Conservación y Administración Ambiental y Ecosocialismo. (3 de septiembre 2014d).
[Decreto N.º 1.227]. Gaceta Oficial N.º 40.489.
Decreto mediante el cual se ordena la supresión del Ministerio del Poder Popular para
Ecosocialismo, Hábitat y Vivienda; y se crea los Ministerios del Poder Popular para Hábitat
y Vivienda y para Ecosocialismo y Aguas. (7 de abril de 2015). [Decreto N.º 1.701].
Gaceta Oficial N.º 40.634.
Decreto mediante el cual se suprime el cargo de ministro de Estado para la Transformacn
Revolucionaria de la Gran Caracas, creado mediante Decreto N.º 642, de fecha 09 de
diciembre de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
N.º 40.311 de la misma fecha. (15 de septiembre de 2014g). [Decreto N.º 1.246]. Gaceta
Oficial N.º 40.497.
Decreto mediante el cual se suprime el Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y
Vivienda, y se crean los Ministerios del Poder Popular para Transporte y Comunicaciones,
y para Vivienda y Hábitat, a cargo de los ministros del Poder Popular para Transporte y
Comunicaciones, y para Vivienda y Hábitat. (22 de junio de 2010f). [Decreto N.º 7.513]
Gaceta Oficial N.º 39.451.
Revista Venezolana de Análisis de Coyuntura, 2023 Vol. XXIX, No. 2 (jul - dic),
141
Decreto mediante se adscribe al Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los
Movimientos Sociales la “Fundación Gran Misión Barrio Nuevo Barrio Tricolor”. (31 de
julio de 2018). [Decreto N.º 3.567]. Gaceta Oficial N.º 41.450.
Decreto sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional. (3 de
marzo de 2009b). [Decreto N.º 6.626]. Gaceta Oficial N.º 39.130.
Designación como ministro de Estado para la Transformación Revolucionaria de la Gran
Caracas, al ciudadano Francisco de Asís Sesto Novas, con el objeto de establecer las políticas
necesarias para asesorar, orientar y coordinar en rminos estratégicos, a todos los
organismos públicos y privados cuyas disposiciones y acciones incidan directa o
indirectamente en el urbanismo de la Gran Caracas, en los términos que en él se indican. (10
de diciembre de 2010g). [Decreto N.º 7.877]. Gaceta Oficial N.º 39.571.
Estado de Emergencia en los estados Zulia, Mérida, Trujillo y Nueva Esparta, por un lapso de
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Revista Venezolana de Análisis de Coyuntura, 2023 Vol. XXIX, No. 2 (jul - dic),
143
Resolución mediante la cual se delega al Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), la
elaboración, gerencia y coordinación del Sistema Nacional de Protocolización y Cobranzas
de las Viviendas construidas en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela con recursos
desembolsados por un ente u órgano del Estado. (15 de febrero de 2012e). [Resolución N.º
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Resolución mediante la cual se dictan las Normas para la Protocolización de Documentos en el
Marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela. (28 de enero de 2016). [Resolución
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Resolución mediante la cual se dictan los lineamientos y normas para los Procesos de
Regularización de Terrenos, de la Propiedad de la Tierra y para la elaboración de documentos
de propiedad de las viviendas de la Gran Misión Vivienda Venezuela. (13 de junio de 2014).
[Resolución N.º 28]. Gaceta Oficial N.º 40.433.
Resolución mediante la cual se establece en un doce por ciento (12%) el porcentaje mínimo de la
cartera de crédito bruta anual, que con carácter obligatorio deben colocar con recursos propios
las instituciones del sector bancario obligadas a conceder créditos hipotecarios destinados a
la adquisición y construcción de vivienda principal dentro de la Gran Misión Vivienda
Venezuela. (2 de mayo de 2011f). [Resolución N.º 63]. Gaceta Oficial N.º 39.664.
Resolución mediante la cual se establece en un veinte por ciento (20%) el porcentaje mínimo de
la cartera de crédito bruta anual, que con carácter obligatorio deben colocar con recursos
propios las instituciones del sector bancario obligadas a conceder créditos nuevos hipotecarios
destinados a la construcción, adquisición y autoconstrucción de vivienda principal. (13 de
marzo de 2013e). [Resolución N.º 16]. Gaceta Oficial N.º 40.109.
Resolución mediante la cual se establece los lineamientos para la aplicación del Plan 0800-
MIHOGAR, destinados a los créditos de adquisición de vivienda principal construidas con
recursos públicos o privados en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela. (13 de
junio de 2014f). [Resolución N.º 30]. Gaceta Oficial N.º 40.433.
Resolución mediante la cual se establece un "Método de selección de beneficiarios y beneficiarias"
aplicable a las viviendas construidas con recursos provenientes de la cartera hipotecaria en
el Marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela, a través del Programa 0800-MIHOGAR.
(9 de marzo de 2016). [Resolución N.º 48]. Gaceta Oficial N.º 40.865. [Corregida
mediante Resolución N.º 451]. Gaceta Oficial N.º 41.068.
Resolución mediante la cual se establecen los lineamientos generales para el diseño y construcción
de viviendas y nuevos desarrollos habitacionales en el marco de la Gran Misión Vivienda
Venezuela. (26 de julio de 2013b). [Resolución N.º 89]. Gaceta Oficial N.º 40.215.
Resolución mediante la cual se establecen los lineamientos para la aplicación del Programa 0800-
MIHOGAR, destinados a los créditos de adquisición de vivienda principal construidas con
recursos públicos o privados en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela. (9 de
marzo de 2016). [Resolución N.º 47]. Gaceta Oficial N.º 40.865.
Políticas y programas de vivienda. una mirada retrospectiva a la gran misión…
144
Resolución mediante la cual se prohíbe expresamente a las empresas nacionales o internacionales,
Consejos Comunales, Gerencias Técnicas, Cooperativas o cualquier otra organización, que
ejecute obras para la Gran Misión Vivienda Venezuela con recursos provenientes del erario
público, la venta, cesión, donación o intercambio de materiales de construcción a terceras
personas, sean naturales o jurídicas. (3 de enero de 2013c). [Resolución N.º 1]. Gaceta
Oficial N.º 40.082.
Resolución mediante la cual se prohíbe la instalación y utilización de cocinas y calentadores de
agua eléctricos en las viviendas construidas en el marco de la Gran Misión Vivienda
Venezuela. (14 de junio de 2011m). [Resolución N.º 82]. Gaceta Oficial N.º 39.695.
Resolución, mediante la cual se establece en quince por ciento (15%) el porcentaje mínimo de la
cartera de crédito bruta anual, que con carácter obligatorio deben destinar con recursos
propios las instituciones del sector bancario, obligadas a conceder créditos destinados a la
construcción, adquisición, mejoras, ampliación y autoconstrucción de vivienda principal, en
el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela. (23 de marzo de 2012f). [Resolución N.º
50]. Gaceta Oficial N.º 39.890.
RV-República de Venezuela. (16 de diciembre de 1987). Ley Orgánica de Ordenación
Urbanística. Gaceta Oficial N.º 33.868.
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