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Título : Responsabilidad del transportista en el convenio de las Naciones Unidas sobre el contrato de transporte internacional de mercancías total o parcialmente marítimo - “Las Reglas de Rotterdam"
Autor : Garrillo Marval, Maria Virginia
Palabras clave : Internacional
Porteador
Sistema de Responsabilidad
Transporte Marítimo
Fecha de publicación : 19-Jul-2013
Citación : 2012;980-0007
Resumen : La presente investigación, tuvo como propósito analizar la responsabilidad del Transportista en el “Convenio Internacional de las Naciones Unidas sobre el contrato de transporte internacional de mercancías total o parcialmente marítimo-“Las Reglas de Rotterdam” .El trabajo se sustenta principalmente, en la legislación venezolana, tomando como referencia, la Ley de Comercio Marítimo (2006);en normativas internacionales tales como, “Las Reglas de la Haya”, “Las Reglas de la Haya-Visby”, “Reglas de Hamburgo”, “Convenio de UNCITRAL”, y “Reglas de Rotterdam” (2009);en planteamientos teóricos realizados (Francisco Carlos, López Rueda (2000),José Luis Gabaldón García y José María Ruiz Soroa (2006), Francesco Berlingieri (2008), Hannu Honka (2009), y Fernando Sánchez Calero (2010); y finalmente en opiniones de los intervinientes, en la práctica marítima. A nivel metodológico, se calificó a este Trabajo Especial de Grado como una investigación de carácter descriptiva, y de tipo analítico. El diseño de investigación empleado, fue el análisis de la normativa jurídica relacionada, doctrina, y situación actual del transporte internacional. De la revisión realizada, se estudió y comentó el sistema de responsabilidad que establecen el ""Convenio de las Naciones Unidas sobre el Contrato de Transporte Internacional de Mercancías Total o Parcialmente Marítimo, Reglas de Rotterdam”, conociendo su ámbito de aplicación, periodo de responsabilidad, causales de limitación y supuestos de exoneraciones de responsabilidad para el transportista marítimo. Así mismo, se destacaron las innovaciones que presenta el Convenio, con respecto a anteriores normativas. Finalmente, luego de la mención de las posturas doctrinales, y comentarios del entorno práctico en la materia, se concluyó que las Reglas de Rotterdam, tienen un Sistema de Responsabilidad, conveniente, que incorpora disposiciones con neutralidad jurídica, expresando su intención de efectividad a través del tiempo; brindando protección a las partes involucradas en el transporte marítimo (porteadores y cargadores) y resolviendo el problema de la falta de regulación internacional actualizada en la materia.
URI : http://hdl.handle.net/10872/3954
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